Se trata de un proyecto de ley que tiene por objeto garantizar la cobertura gratuita de la cirugía plástica reparadora de las secuelas físicas a las personas víctimas de violencia de género: rinoseptumplastia, rinoplastia, implante dental, blefaroplastia, cirugía reparadora de labios, cirugía estética de parpados y ojos, colgajos de piel en situaciones de quemadura y cirugías plásticas en el caso de cortes con presencia de queloides, son algunas de las prácticas profesionales que señala su autora la legisladora Rocío García.
Ingresado a la Legislatura Provincial durante la última sesión ordinaria como proyecto de ley N° 232, la iniciativa establece que serán beneficiarias de lo estipulado por la norma aquellas mujeres que presenten secuelas físicas como consecuencia de actos de violencia de género, de aplicación para todas las dependencias sanitarias de la provincia y todos los agentes del sector público de la salud, las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, las entidades de medicina prepaga así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliados/as.
Más adelante, la diputada Rocío García indica que los objetivos del proyecto legislativa buscan alcanzar un mayor compromiso por parte de todos los actores de la sociedad en las situaciones de violencia de género, promover la detección activa de situaciones de violencia de género que produjeron deformidades en el rostro, reforzar las habilidades y estrategias de las dependencias que atienden la temática, para identificar los casos que requieran realizar prácticas quirúrgicas, evitar un daño mayor o irreversible, relacionado con la depresión que se podrían generar al evidenciar la violencia reiteradamente con la imagen que devuelve el espejo, respaldar los servicios de atención, capitalizar los recursos disponibles en el sistema público sanitario, mediante la articulación y formación de redes solidarias de evaluación y tratamiento quirúrgico, alentar el trabajo en red de todas las dependencias, evitar la re- victimización secundaria de las mujeres y favorecer la inclusión social.
“La incorporación de estas prácticas profesionales, tiene por compromiso garantizar los derechos de las víctimas de violencia de género, en el marco de la Ley Nacional N° 26.485, esto es, EL DERECHO DE LAS MUJERES A VIVIR UNA VIDA SIN VIOLENCIA, la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género fundado en la histórica relación asimétrica de poder entre varones y mujeres ocasionando el sometimiento de la mujer; para lo cual es menester fortalecer el acceso a la reparación del daño de manera libre y gratuita de las víctimas de violencia” concluye en la fundamentación García.
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